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    Del ausentismo a la sanción: Incumplir con el rol de jurado o no emitir el voto este 19 de abril conlleva multas de hasta el 30% del salario mínimo

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    Las autoridades recomiendan verificar el recinto de votación con antelación y portar el documento de identidad original para evitar contratiempos de último minuto en esta cita democrática

    A pocas horas de que se abran las urnas para las elecciones de este domingo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ratificó la vigencia de un estricto régimen de sanciones. El incumplimiento de los deberes ciudadanos y funciones electorales conlleva multas económicas que oscilan entre los Bs 330 y los Bs 1.650, calculadas en base al salario mínimo nacional.

    El bolsillo del ciudadano: ¿Cuánto cuesta no votar?
    Para el votante común, la omisión del sufragio no es solo una falta cívica, sino un golpe directo al bolsillo. Quien no emita su voto este domingo deberá pagar una multa de Bs 660 (equivalente al 20% del salario mínimo).

    Esta misma sanción se aplicará en los siguientes casos:

    Circular en vehículos particulares sin la autorización correspondiente.

    No presentar el certificado de sufragio ante las autoridades que lo requieran.

    Incumplir con las disposiciones de seguridad emitidas para la jornada.

    Por otro lado, aquellos que no se inscribieron en el Padrón Electoral o proporcionaron datos incompletos enfrentarán una multa de Bs 330.

    Jurados y Notarios: El mayor rigor de la ley
    La responsabilidad de velar por el voto conlleva las sanciones más severas. Los jurados electorales que falten injustificadamente, abandonen la mesa antes del cierre o se nieguen a firmar el acta oficial, serán multados con Bs 1.650.

    Asimismo, existen sanciones de Bs 990 por faltas intermedias, como el incumplimiento de horarios o el descuido en la devolución del material electoral. En cuanto a los notarios electorales, cualquier negligencia en la distribución de materiales o en el reporte de resultados también se castigará con la sanción máxima de Bs 1.650.

    El control en el sector público y la banca
    La ley no solo vigila al ciudadano, sino también a las instituciones. Los funcionarios públicos que utilicen vehículos oficiales sin permiso o que no exijan el certificado de sufragio para trámites posteriores, serán sancionados con Bs 660.

    Este control se extiende al sistema financiero: las entidades bancarias están obligadas a solicitar el certificado de sufragio durante los 90 días posteriores a la elección. El incumplimiento de esta norma derivará en la misma multa económica para los responsables.

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    Ante cualquier duda, pueden comunicarse con la línea de atención gratuita del Tribunal Supremo Electoral que se encuentra disponible las 24 horas

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